Continuando con el estudio del Patrimonio
¿Qué información debe revelarse a los usuarios de la información financiera?
De acuerdo a la
sección 22 de NIIF para PYMEs, la entidad revelará, ya sea en el balance o en
las notas, lo siguiente:
1.- para cada una
de las clases de acciones o títulos que constituyan el capital:
- El número de
acciones autorizadas para su emisión.
- El número de
acciones emitidas y cobradas totalmente, así como las emitidas, pero aún
no cobradas en su
totalidad.
- El valor nominal
de las acciones, o el hecho de que no tengan valor nominal;
- Una conciliación
entre el número de acciones en circulación al principio y al final del periodo.
- Los derechos,
privilegios y restricciones correspondientes a cada clase de acciones, incluyendo
los que se refieran a las restricciones que afectan a la percepción de dividendos
y al reembolso del capital.
- Las acciones de
la entidad que estén en su poder, o bien en el de sus subsidiarias o
Asociadas.
- Las acciones
cuya emisión está reservada como consecuencia de la existencia de opciones o
contratos para la venta de acciones, describiendo las condiciones e importes
correspondientes.
- Una descripción
de la naturaleza y destino de cada partida de reservas que figure en el
patrimonio neto.